Inciso C
Relación del derecho con otras ciencias de carácter social.
“El derecho como toda ciencia social no puede existir, ni subsistir aislado de las demás otras ciencias.” (Orozco, 2011 pág. 135)
Relación del derecho con la sociología y sociología jurídica.
(Orozco, 2011 pág. 141)La sociología estudia al hombre en sus relaciones sociales; estudia los fenómenos sociales, sus causas y efectos. Interpreta los fenómenos sociales que inciden en la violación del ordenamiento jurídico, la forma en el que la lucha de clases puede influir en los cambios del Derecho.
Relación del derecho con la economía política.
(Orozco, 2011 pág. 141) la estructura material o economía es el fenómeno esencial y es la causa de la “superestructura”; el derecho, por su parte apoyado por las clases en el pode, condiciona la evolución económica: que favorece o la frena, la conforma o la deforma.
Relación del derecho con la historia e historia del derecho.
(Orozco, 2011 pág. 143)Por medio de la historia hemos conocido como se regularon las relaciones en las diversas sociedades que nos antecedieron, tanto a nivel general como especifico. Conociendo y entendiendo las condiciones materiales y sociales bajo cuyas influencias se produjeron las diferentes instituciones jurídicas
Relación del derecho con el derecho comparado
(Orozco, 2011 pág. 109) como su nombre lo indica, esta disciplina consiste en el estudio comparativo de instituciones p sistemas jurídicos de diversos lugares o épocas, con el fin de determinar las notas comunes y las diferencias entre ellos existen, y derivar de tal examen conclusiones sobre la evolución de tales instituciones o sistemas y criterios para su perfeccionamiento y reforma.
Relación del derecho con la teoría del estado
(Picazo, 2012 pág. 34) El Estado de derecho es un modelo de orden para un país por el cual todos los miembros de una sociedad (incluidos aquellos en el gobierno) se consideran igualmente sujetos a códigos y procesos legales divulgados públicamente; es una condición política que no hace referencia a ninguna ley en concreto.
Relación del derecho con la ciencia política.
(Orozco, 2011 pág. 142)La ciencia política estudia los mecanismos de la toma del poder y de su ejercicio, resulta lógica la relación con el derecho, ya que es el poder constituido que crea el derecho, desde luego será la expresión fiel de la voluntad de la clase dominante.
Relación del derecho con la estadística.
(Orozco, 2011)Las relaciones que el derecho y la estadística dan los matemáticos especializados en estadística tampoco coincidirán con las de economistas o empresarios, y menos aún, con la de los políticos. Desde una perspectiva racionalista para el ejercicio de cualquier derecho estadístico, hay que distinguir bien entre el cálculo y el análisis estadístico, y entre la descripción y la heurística (búsqueda de datos relevantes para un propósito concreto).

Acepciones de la palabra derecho.
(Vecchio, 2011 pág. 113) antes de conocer el origen etimológico del vocablo derecho y las diferentes acepciones de este, estableceremos que, para unos autores, dentro de una sociedad existen dos tipos de relaciones que pueden darse entre los seres humanos, a saber:
- · Relaciones de poder. (dominación y sujeción)
- · Relaciones de derecho (igualdad).
Acepción etimológica.
(Orozco, 2011 pág. 116) etimológicamente: del latín Directum y Dirige (conducir, enderezar, gobernar; regir, recto.) la palabra latina correspondiente a la española” derecho” es Ijus” o “Jus”.
“la palabra “derecho”, como “dirittio, recht, right”, viene del bajo latin “directum”. La misma raíz se encuentra en “regere” (gobernar), “rex” (el rey), “regnum” (el reino), “regula” (la regla). El derecho es pues ligado a la idea de autoridad.
Acepción como ciencia de derecho.
“La ciencia del derecho o ciencia jurídica es la disciplina humanística que tiene por objeto el estudio, la interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico para su justa aplicación.” (Picazo, 2012)
Acepción como ciencia valor.
“Este soporte fundamental del derecho, establece que el derecho como valor debe proyectarse a la justicia. Sostienen que se debe impregnar al sistema jurídico otros valores, como son: la libertad, la paz, la democracia y la tolerancia.” (Sifuentes, 2019)
Derecho objetivo (concepto).
“Son normas respaldadas por la coacción social organizada. Es aquel que se haya constituido por las proposiciones jurídicas, tanto el derecho escrito como el consuetudinario.” (Sifuentes, 2019)
Derecho subjetivo (concepto).
“El derecho subjetivo por su parte, son las facultades, derivadas del derecho objetivo, que tiene un sujeto para ejecutar determinada conducta o abstenerse de ella o para exigir de otro sujeto el cumplimiento de un deber.” (Orozco, 2011 pág. 123)
Naturaleza jurídica del derecho subjetivo.
(Rio, 2016)El concepto de derecho subjetivo tiene una gran importancia para la ciencia del derecho, ya que faculta al sujeto poner en marcha la acción procesal y la reclamación en juicio de pretensiones jurídicas. Además, también desempeña un papel relevante en el ámbito del derecho público, tanto en el derecho administrativo y, sobre todo, en el derecho constitucional, pues los dominados derechos humanos o fundamentales son derecho subjetivo.
Clasificación de los derechos subjetivos
(Orozco, 2011 pág. 125): clasificación de los derechos subjetivos.
Derecho vigente
“ derecho vigente es el formalmente valido, promulgado por el estado, en un tiempo y lugar determinado, y cuya calidez no depende de su efectivo cumplimiento o realización”. (Orozco, 2011 pág. 127)
Derecho positivo
“El derecho positivo es aquel que efectivamente se aplica, el eficaz, el observado, el cumplido, el acatado, sin importar la fuente de la que provenga”. (Orozco, 2011 pág. 127)
Derecho natural
El derecho natural, más que una mera acepción del concepto derecho, representa la postura de una concepción ideológica, esta es, la concepción idealista.
División del derecho
“El derecho se divide en: derecho público y derecho privado”. (Manrique, 2010)
· Derecho privado: derecho civil y derecho mercantil.
· Derecho público: derecho penal, derecho constitucional, derecho administrativo, derecho tributario y derecho procesal.
Actos del derecho interno y actos del derecho externo.
Derecho interno.
“El derecho interno es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los individuos o instituciones o de estos con el estado.” (anonimo, 2019)
Derecho externo.
“Derecho público externo es aquel que se aplican las relaciones las relaciones de los estados entre sí, y de los individuos pertenecientes a diversos estados.” (Laj, 2019)
Origen de la división del derecho en público y privado.
(Picazo, 2012) Se entiende por división del derecho a la principal distinción dentro del sistema jurídico entre derecho público y privado. Esta suma división del derecho ha sido ampliamente aceptada por juristas de todos los ámbitos y sus efectos se plasman en la comprensión y aplicación de las normas jurídicas.
Ramas del derecho público y derecho privado.
(Manrique, 2010):
· Derecho privado: derecho civil y derecho mercantil.
· Derecho público: derecho penal, derecho constitucional, derecho administrativo, derecho tributario y derecho procesal.